En Sonora será obligatorio quedarse en casa
Redacción/Vale por México
2020-04-11 11:24:53
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Sonora implementará el programa "Quédate En Casa Obligatorio, Fase 2", a partir del lunes 13 y hasta el 30 de abril, con la finalidad de evitar la propagación del Covid-19 en sus habitantes.


Esto fue aprobado por el Consejo Estatal de Salud, las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina y los alcaldes de los municipios que concentran 90% de la población.

Estas nuevas medidas establecen solamente seis causas justificadas para salir de sus casas y circular en la vía pública, sólo se permitirán actividades esenciales, además se redujo a una sola persona en la tripulación de un vehículo particular.

Luego de haber recibido la propuesta por una docena de ayuntamientos, el Consejo Estatal de Salud realizó una sesión permanente con la cual se pretende reducir el 85 por ciento de personas en las calles y espacios públicos, y si fuera necesario, se contará con el apoyo de Policías municipales, estatales y de las Fuerzas Armadas.

El secretario de Salud de Sonora, Enrique Clausen Iberri, explicó que existen datos fundamentados de que la estrategia "Quédate en casa" logró reducir un 45 por ciento la presencia de la gente en las calles, cuando realmente se busca reducir a un 85 por ciento, pues hay datos científicos que establecen que para que una vacuna tenga efecto en una comunidad, debe aplicarse cuando menos al 85% de la población, si no, no sirve.

Por esto se tomó la decisión de implementar el "Quédate en casa obligatorio, fase 2", en el cual las corporaciones policiacas tendrán la facultad para vigilar que las personas salgan a la calle solo para realizar las siguientes actividades esenciales:

1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
2. Asistencia a centros sanitarios, hospitales o centros de salud o un establecimiento con actividad esencial.
3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, únicamente si es actividad esencial.
4. Retorno al lugar de residencia habitual.
5. Asistencia y cuidado a mayores, menores dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
6. Desplazamiento a entidades financieras (bancos).

Las corporaciones policiacas podrán aplicar sanciones administrativas en caso de desacato injustificado las cuales podrán ser apercibimiento, multa, arresto, hasta el uso de la fuerza pública para el traslado de personas a su casa, incluso la puesta a disposición del ministerio público a personas que hayan sido diagnosticadas con Covid-19 y sean sorprendidas sin respetar la cuarentena, resguardo domiciliario o aislamiento obligatorio que haya sido ordenado por las instancias médicas.
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