Aprueban en Chiapas la interrupción del embarazo desde los primeros 90 días
En caso de abuso sexual, riesgo de muerte y problemas congénitos.
Redacción/Vale por México
El Congreso de Chiapas aprobó el martes reformar el artículo 181 de Código Penal del estado para que las mujeres tengan acceso a la interrupción del embarazo antes de los 90 días de gestación en caso de violación o de que peligre su vida.
Con 23 votos a favor, cuatro en contra y nueve abstenciones los legisladores estatales atendieron la declaratoria de inconstitucionalidad que se promovió en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para modificar el artículo 181 con el objetivo garantizar el aborto a mujeres víctimas de violación.
-No es punible el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de violación o cuando a la madre embarazada corra peligro de muerte o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario el nacimiento de este con trastorno físico o mentales graves, previo dictamen del médico que la asista oyendo el dictamen de otros médicos especialistas cuando fuera posible y no sea peligrosa la demora-, se lee en el artículo 181 que fue modificado por los legisladores.
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